MONOTRIBUTO Y GANANCIAS: SE CONOCIERON LOS NUEVOS VALORES VIGENTES DESDE JULIO, TRAS LA ACTUALIZACIÓN POR INFLACIÓN

A partir de este mes entraron en vigencia los nuevos valores de facturación y deducciones correspondientes al Monotributo y al Impuesto a las Ganancias, con una actualización del 15,1% vinculada al índice de inflación del primer semestre. La modificación, prevista en la Ley de Medidas Fiscales de 2024, impacta en trabajadores en relación de dependencia, autónomos y pequeños contribuyentes.

En el caso de Ganancias, el nuevo piso salarial para quedar exento es de $2.624.000 brutos para trabajadores solteros sin hijos, lo que equivale a $2.178.000 de ingreso neto. Para quienes tienen dos hijos, el umbral asciende a $3.054.000 brutos, mientras que para un trabajador casado con dos hijos la exención cubre hasta $3.464.000 brutos. Por encima de estos montos se aplican escalas progresivas con alícuotas que van del 5% al 35%.

Los empleadores deberán recalcular las retenciones en función de estos valores, incluso si la liquidación de junio se efectúa en julio. Además de los mínimos no imponibles, también se ajustan los topes para deducciones por hijos, cónyuge, alquiler, servicio doméstico, medicina prepaga, donaciones, gastos educativos y otros ítems contemplados por la normativa. Todas estas deducciones deben declararse a través del Formulario F572Web en el sistema Siradig Trabajador.

En cuanto al Monotributo, los nuevos parámetros elevan el tope de facturación anual de la categoría A de $7.813.063 a $8.992.835, mientras que el máximo permitido para el régimen sube de $82.370.281 a $94.808.193. Las cuotas mensuales también se incrementan un 15,1%: la categoría A pagará $37.086 y la B, $42.217, con ajustes proporcionales para las categorías superiores.

La recategorización obligatoria rige hasta el 5 de agosto, y está basada en los ingresos, alquileres, superficie y consumo eléctrico de los últimos doce meses. ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), el nuevo organismo que reemplaza a la AFIP, habilitará en los próximos días las tablas actualizadas. En caso de omisiones o inconsistencias, el ente podrá recategorizar de oficio al contribuyente.

La medida busca evitar que las actualizaciones nominales de los ingresos generadas por la inflación empujen a los trabajadores a escalas más altas sin mejora real en su poder adquisitivo. Así, el mecanismo semestral apunta a mantener un criterio de justicia tributaria en contextos de alta variación de precios.

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