EL DÓLAR TARJETA Y CÓMO PEDIR LA DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES DE 2023

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó este mes a aprobar las solicitudes de reintegros a contribuyentes afectados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, correspondientes al 2023. Esta medida responde a un régimen implementado en 2020, a través de la Resolución General N° 4815, durante la presidencia de Alberto Fernández (Unión por la Patria), que impuso un cobro anticipado sobre ciertas operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).

¿Cómo funciona el régimen de percepciones?

El régimen establece una percepción del 30% sobre el valor de diversas operaciones, como la compra de moneda extranjera para ahorro o el pago de bienes y servicios en el exterior mediante tarjetas de crédito o débito. Entre las transacciones afectadas también se incluyen los pagos de servicios de streaming y otras compras vinculadas a viajes y turismo. La percepción se aplica tanto a personas humanas como jurídicas y otros contribuyentes, incluidos aquellos que realicen extracciones en efectivo o adelantos en el exterior.

Sin embargo, aquellos contribuyentes que no estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales pueden solicitar la devolución del dinero percibido. Este régimen busca facilitar que quienes no deban pagar estos impuestos puedan recuperar lo adelantado.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución?

El régimen de devolución es aplicable a todos los contribuyentes que hayan sido sujetos de la percepción. Sin embargo, las condiciones para solicitarla varían según el tipo de contribuyente:

Empleados en relación de dependencia: Quienes estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias podrán cargar las percepciones al sistema Siradig y reportarlas a su empleador. Si el monto percibido supera el impuesto que deben abonar, podrán solicitar la devolución del excedente.
Autónomos: Aquellos alcanzados por Ganancias o Bienes Personales deben presentar su declaración jurada correspondiente. Si en dicha declaración tienen saldo a favor, podrán compensarlo con lo percibido mediante este régimen.
En ambos casos, la solicitud debe realizarse ante la AFIP una vez finalizado el año fiscal, lo que significa que las percepciones de 2024 podrán solicitarse a partir de enero de 2025.

¿Cómo solicitar la devolución?

Para iniciar el trámite, los contribuyentes deben ingresar al portal de la AFIP con su CUIT y clave fiscal. Una vez dentro, deben seleccionar el servicio “Devolución de percepciones” en el buscador del sistema y seguir los pasos indicados. La devolución incluye el monto percibido más un interés mensual del 3,19% que se genera desde el momento de la solicitud hasta la efectivización del reintegro.

Este proceso busca aliviar la carga fiscal para aquellos contribuyentes que realizaron pagos anticipados de impuestos sin estar obligados a hacerlo, facilitando la devolución de estos montos con intereses.

El régimen de devolución de percepciones a cuenta de Ganancias y Bienes Personales es una herramienta clave para que los contribuyentes puedan recuperar el dinero adelantado en operaciones con moneda extranjera. El proceso, que inició con la AFIP este mes, busca brindar un alivio fiscal, siempre y cuando se cumplan las condiciones específicas y se realice el trámite dentro de los plazos establecidos.

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